Por los fundamentos anteriormente expuestos y considerada la institución del procedimiento por Admisión de los hechos producida en el presente asunto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, de este circuito Judicial del Estado Zulia, extensión Cabimas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE : PRIMERO: La Admisión total del Acto conclusivo de escrito acusatorio presentado el Fiscal Décimo Noveno del Ministerio Público Abog. LIDUVIS GONZÁLEZ en contra del ciudadano JORGE LUIS CAMPOS TAPIA por la comisión del delito de de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES, en perjuicio del ciudadano RAMÓN SEGUNDO LEAL CARDOZO, todo ello en atención a lo dispuesto en el numeral 2° del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda imponer en este acto la providencia cautelar de libertad prevista en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en.....