Dispositivo
Por los razonamientos y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en el juicio de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES EXTRAJUDICIALES seguido por el ciudadano CESAR ALLAN NAVA ORTEGA contra La Sociedad Mercantil CHINA VENEZUELA TECNICAL SERVICES C.A., declara:
? SIN LUGAR la apelación formulada por el ciudadano CESAR ALLAN NAVA ORTEGA, contra la Resolución dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 21 de junio de 2005.
? Queda de esta manera confirmada la decisión apelada.
? SE CONDENA en costas a la parte apelante perdidosa en esta instancia, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con el.....