1. Se declara competente para el conocimiento de la presente solicitud de medidas cautelares. 2. Se admite parcialmente la solicitud de medidas cautelares autónomas, y en consecuencia:
- Se niega el Decreto de Medidas en contra del ciudadano CONCETTO BAGLIERI, identificado en actas.
- Se decreta medida preventiva de embargo sobre bienes muebles de la empresa DISTRIBUIDORA MODICA, C.A., y del ciudadano MICHELE DITOMMASI, en su carácter de Presidente de la contribuyente.
3. Se niega la solicitud de que se designe correo especial el abogado solicitante y se ordene por Secretaria se entregue la comisión correspondiente al Alguacil de este Tribunal.
4. Cítese al ciudadano MICHELE DI TOMMASI, por sí y en su calidad de Presidente de DISTRIBUIDORA MODICA, C.A, a fin de que dentro del tercer día siguiente a cuando conste en actas su citación, pueda oponerse a la medida, exponiendo las razones o fundamentos que tuviere que alegar, conforme lo previsto en el artículo 602 del Código de Pro.....