Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR EL EXAMEN Y SUSTITUCIÒN DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD por Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de las establecidas en el artìculo 256 del Código Orgánico Procesal Penal; y en consecuencia, MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del acusado CLIVER JOSE URDANETA ARAUJO, por la presunta comisiòn del delito de ROBO AGRAVADO EN TENTATIVA, previsto y sancionado en el artìculo 458 del Código Penal, en concordancia con el Artículo 80 segundo aparte y 83 ejusdem, en perjuicio del ciudadano ELVIS ENRIQUE PIRELA MOLERO, de conformidad con lo establecido en el artìculo 264, en concordancia con el artìculo 250, 251 y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Publíquese. Notifíques.....