...Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Garantísta del debido proceso y en uso de las atribuciones que le confiere el articulo 555 en concordancia con el articulo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, relativo a los principios y garantías, RESUELVE: PRIMERO: SE REVISA DE OFICIO LA MEDIDA CAUTELAR, prevista en el artículo 582 literal "A" de la Ley Especial, al adolescente NOMBRE OMITIDO, por ser un derecho del adolescente y una obligación y potestad del órgano jurisdiccional que la dictó. SEGUNDO: Se sustituye la Medida antes referida, por las Medidas Cautelares previstas en el artículo 582 literales "C", "D" y "F" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, traduciéndose las .....