Asimismo, se DECRETA Medida Judicial Precautelativa de Aseguramiento e Incautación de Todos los bienes muebles e inmuebles, vehículos automotores, embarcación, aeronaves que se encuentran a nombre del ciudadano MIGUEL ANGEL MORA MORENO, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.090.248, tanto en Venezuela como en otros países, con la consiguiente prohibición de enajenar y gravar, ello de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, en concordancia con lo previsto en los artículos 551 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 585, 588, ordinal 3° y 600, del Código Procesal Civil, en tal sentido se ordena que todos los bienes muebles e inmuebles, vehículos automotores, embarcaciones, aeronaves, sujetos a la medida asegurativa sean puestos a la orden de esta Oficina Nacional Antidroga, órgano que se encargará del control, administración, guarda, custodia, conservación y disposición d.....