este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para seguir conociendo del presente Recurso de Nulidad incoado por el ciudadano IVAN RAFAEL RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 5.473.197, asistido por la Abogada en ejercicio ANABEL CAMEJO MARIN, titular de la cédula de identidad No. V- 3.822.631, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 11.256, contra el Acto Administrativo emanado de CORPORACIÓN ELECTRICA NACIONAL, S.A., (CORPOELEC), contra el Acto administrativo contenido en el Oficio No. DAF/RH/201010-002619, de fecha 13 de Octubre de 2010, emanado de las empresas SENECA (SISTEMA ELECTRICO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, C.A.) y CORPOELEC (CORPORACIÓN ELECTRICA NACIONAL, S.A.), y en consecuencia de ello,.....