PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud incoada por la ciudadana ONEIDA JOSEFINA MARVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.654.457, actuando en nombre de sus nietas IDENTIDAD OMITIDA hijas del De-Cujus CRUZ HUMBERTO FIGUEROA MARVAL, fallecido en fecha 12.05.2013, quien era titular de la cédula de Identidad N° 15.006.452, y ratificada en autos por la madres de las niñas, ciudadanas MARYS MAGDALENA ORDOSGITTI y YANEIKA ALEXANDRA GONZALEZ SALAZAR, venezolanas, titulares de las cédulas de identidad N° 17.955.611 y 24.110.808 respectivamente. Así se Establece.
SEGUNDO: Se DECRETA como una de las UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del ciudadano CRUZ HUMBERTO FIGUEROA MARVAL, fallecido en fecha 12.05.2013, titular de la cédula de Identidad N° 15.006.452, a su hija IDENTIDAD OMITIDA, de 10 años, teniendo en cuenta que ya su hija IDENTIDAD OMITIDA, fue declarada heredera de su padre en fecha 23/07/2014, dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo con.....