En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA-VENTA, incoada por el ciudadano IVAN SALOMON ALCALA REINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.910.810, contra la ciudadana SONIA SUSANA DE LEON RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.924.521.
SEGUNDO: Se ordena a la ciudadana SONIA SUSANA DE LEON RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.924.521, a hacer entrega material libre de personas y de bienes al ciudadano IVAN SALOMON ALCALA REINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.910.810, del inmueble consistente en una parcela distinguida con el Nº 29 y la casa sobre ella construida, que forma parte de la Urbanización Pueblo Real, .....