En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos VICTOR MANUEL ZERPA CARVAJAL y WENDY NEYELIN GUTIERREZ YSTILLARTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V- 15.836.586 y 14.695.139 respectivamente, asistidos de los abogados en ejercicio LUIS GÓMEZ y ANTONIO ACOSTA, inscritos en el inpreabogado bajo los números 130.189 y 121.415, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 15.12.2000 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta, según consta de acta número 106, inserta al.....