Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a la ejecución de la pena de ONCE (11) AÑOS DE PRISIÓN que les fueran impuesto en fecha 02-05-2007, a los penados JOSÉ LUIS MORA MARÍN, DIEGO DE JESÚS DELGADO MÉNDEZ, NEPTALÍ JÚNIOR RODRÍGUEZ MARÍN, el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, extensión Cabimas, por haberlos hallado culpables y responsables de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos CESAR ALBARTO GALBAN y ELBY DANIEL PIRELA.
SEGUNDO: Realizado el cómputo de la pena a c.....