Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Desistida la HOMOLOGACIÓN DE LA ACCIÓN DE LA ACCIÓN DE DISCONFORMIDAD DEL ACUERDO ENTRE LAS PARTES la ciudadana María De los Ángeles Meléndez Castejón, titular de la cédula de identidad N° V-26.554.795, en contra del ciudadano Jesús José Uccello Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° V-22.320.507, las abogadas Yorvel Di Orazio, Jenny Vásquez, la ciudadana T.S.U. Maribel Colmenarez, en su condición de Consejeros de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Torres y terminado el proceso, con fundamento a lo establecido en el artículo 263 del código de procedimiento civil.