este Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición formulada por la ciudadana Anmy Pérez, en su condición de Jueza del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
SEGUNDO: SE ORDENA comunicar la presente decisión a la Jueza inhibida, remitiéndole copia certificada de la misma.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y OFÍCIESE.-
Dada en Maracaibo a los dieciocho (18) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).- Año 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-
THAIS VILLALOBOS SÁNCHEZ
LA JUEZ SUPERIOR
BRISJAIDA GÓMEZ
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