PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente recurso de nulidad de acto administrativo interpuesto por la abogada en ejercicio KAREM PATRICIA JIMÉNEZ BRACHO, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil C.A. CERVECERÍA REGIONAL, demandando la nulidad absoluta de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nro. 105, de fecha 31 de agosto de 2005, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE CIUDAD OJEDA, MUNICIPIO LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA, en el Expediente Administrativo Nro. 045-05-01-00005, a través de la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, interpuesta por el ciudadano HUMBERTO ANTONIO GONZÁLEZ; antes identificados. SEGUNDO: SE ORDENA NOTIFICAR a la sociedad mercantil C.A. CERVECERÍA REGIONAL, con el objeto de hacerle de su conocimiento la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artícu.....