Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 21 de marzo de 2011, por el abogado DAVID MOUCHARFIECH PARRA, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA EQUIOFICA C.A., contra la decisión dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 28 de enero de 2011, en el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS sigue la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA EQUIOFICA C.A., contra la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO BANCO INDUSTRIAL, todos antes identificados.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDIC.....