Por los razonamientos anteriormente vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la excepción de fondo invocada por la sociedad mercantil GEOSERVICES, SA, relativa a la falta de cualidad e interés para sostener el presente asunto.
SEGUNDO: PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES intentó la ciudadana YEMILIS CAROLINA MARTÍNEZ contra la sociedad mercantil GEOSERVICES, SA. En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar la suma de ciento diecisiete bolívares (Bs.117,oo) por los conceptos de diferencia de bono de campo y bono operacional, así como la corrección monetaria, en los términos fijado en la parte motiva de esta decisión.
De igual manera, las sumas de dinero que resulte de la exp.....