PRIMERO: Declara POR MAYORÍA: NO RESPONSABLE PENALMENTE al joven (IDENTIDAD OMITIDA), y en base a ello, se ABSUELVE como AUTOR del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374 del código Penal vigente, cometido en perjuicio de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), todo de conformidad con lo establecido en el artículo 602 literal e) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
SEGUNDO: Respecto al decreto de la medida cautelar recaída sobre el mencionado adolescente, SE ACUERDA EL CESE DE LAS MISMA Y SU LIBERTAD INMEDIATA, a partir de la presente fecha.
TERCERO: Se ordena remitir las presentes actuaciones al Archivo Judicial, una vez quede definitivamente firme la presente sentencia absolutoria. Se deja constancia que el presente fallo se publica de conformidad con el artículo 605 de la Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas y Adolescentes, del cual las partes quedaron notificadas en fecha 10-10-2011.
Dada, sellada y firmada en la s.....