PRIMERO: SE ADMITE, la reforma del recurso de nulidad contra la Providencia Administrativa N° 42, dictada el 28 de agosto de 2011 por la Inspectoría del Trabajo sede Maracaibo estado Zulia, en el expediente administrativo No.042-2010-00898, consignada en el escrito de fecha 06 de octubre de 2011.
SEGUNDO: NOTIFÍQUESE al Inspector del Trabajo Jefe de la Inspectoría del Trabajo Maracaibo del Estado Zulia del recurso de nulidad y su reforma, de conformidad con lo dispuesto en artículo 78 de la Ley Orgánica la Jurisdicción Contencioso Administrativa, acordando solicitarle la remisión de los antecedentes administrativos, correspondientes al presente caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 eiusdem, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes; al ciudadano Fiscal General de la República en la persona del Fiscal Vigésimo Segundo del Ministerio Público con competencia para actuar en materia contencioso administrativa, a la ciudadana Procuradora General de la República, con.....