PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento hecho por la sociedad mercantil PDVSA, PETROLEO, SA por intermedio de sus apoderados judiciales, contra el ciudadano BRIXIO MENDOZA, por motivo de cumplimiento de contrato.
SEGUNDO: Se le imparte el carácter de Cosa juzgada al presente juicio.
TERCERO: Se declara TERMINADO el presente procedimiento.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
QUINTO: Se ordena notificar de la presente decisión al ciudadano Procurador General de la república de conformidad con el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Se ordena expedir copia certificada de.....