CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia de fecha 18 de julio de 2007, dictada por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SE REPONE LA CAUSA al estado de que se fije la celebración de la audiencia preliminar para el décimo día de despacho contado a partir del recibo del expediente por el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución, sin necesidad de notificar a las partes, por cuanto se encuentran derecho. SE ORDENA remitir el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de su distribución electrónica entre los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de ese Circuito Laboral. SE ANULA el fallo apelado. NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.