DISPOSITIVA
En virtud de consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 8, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, pasa a pronunciarse en los siguiente términos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de conformidad con el Articulo 44 Ordinal 1 de la Constitución y el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se Acuerda la continuación del asunto por la vía del PROCEDIMIENTO ABREVIADO indicado en los artículos 372 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal TERCERO: Se impone a los ciudadanos CADENAS CAMPOS ANTONIO MALINOSKI, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.435.377, CADENAS CAMPOS KARLOX EUTIMIO, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.699.050, , BRACHO ROJAS JUAN CARLOS, titular de la Cédula de Identidad N° V-25.474.692, PEÑA ROJAS HECTOR DANIEL, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.398.171, MUJICA C.....