´DISPOSITIVO
Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ANA GUADALUPE GARCIA SALAS y JOSE RAFAEL VALERA BARBOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identificad Nros. V-9.701.431 y V-7.779.098, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día diecinueve (19) de Diciembre de 1991, tal y como consta en Acta de Matrimonio Nro. 564.
Publíquese. Regístrese. Incluso en el sitio web del Tribunal Suprem.....