En lo que se refiere a los inmuebles cuyos documentos de propiedad se anexaron marcados con las letras "E" y "F", se evidencia que si bien al momento de adquirirse los mismos, el hoy demandado, ciudadano CESAR ALBERTO GARCÍA GÓMEZ se identificó como "soltero", este Tribunal en aplicación del principio de notoriedad judicial, al tener conocimiento que ante este mismo Tribunal cursa expediente N° 12.422-19, contentivo del juicio de Nulidad de Contrato de Venta incoado por la ciudadana IRIS DEL VALLE VASQUEZ VASQUEZ (parte demandante en esta causa) en contra de los ciudadanos CESAR ALBERTO GARCÍA GÓMEZ y CESAR MIGUEL GARCÍA BARRESES, el cual versa sobre la nulidad de la venta de los referidos inmuebles, en virtud de que –según se alega- los mismo fueron vendidos por el ciudadano CESAR ALBERTO GARCÍA GÓMEZ a quien se menciona como su hijo, ciudadano CESAR MIGUEL GARCÍA BARRESES, habiendo sido consignados en dicho expediente los documentos que evidencian que los referidos inmuebles actualme.....