PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho el abogado LUIS MUÑOZ, Defensor Público Auxiliar Duodécimo Penal con competencia Plena del estado Zulia, en su carácter de defensor del imputado ANTONIO JOSE MIRANDO QUINTERO, titular de la cédula de identidad N° 14.953.796,
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión Nº 630-16, de fecha 28 de abril de 2016, emanada del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó Medida Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito ROBO EN FIGURA DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 456 primer aparte del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana ELVIRA ELENA LEON, e igualmente se debe declarar sin lugar la libertad plena y sin restricciones del imputado, asimismo se obse.....