PRIMERO: SIN LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD del SINDICATO DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE PEPSI-COLA VENEZUELA DEL SUR DEL ESTADO ZULIA (SINTRABOPSURZ), para sostener el presente juicio alegada por el abogado en ejercicio JOSÉ MANUEL SIMANCAS, en su carácter de apoderado de la Sociedad Mercantil PEPSICOLA DE VENEZUELA, C.A.
SEGUNDO: Se fija la practica de la Inspección Judicial promovida por el SINDICATO DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE PEPSI-COLA VENEZUELA DEL SUR DEL ESTADO ZULIA (SINTRABOPSURZ), a realizarse en la Sala de Registros Nacional de Organizaciones Sindicales del estado Zulia, y en la Sala de Contratos, Consultas y Conciliaciones, adscritas a la Inspectoría del Trabajo sede "Dr. Luís Hómez" del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, para el día DIECINUEVE (19) DE JULIO DE 2013, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.).-
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.