DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO UNICO EN FUNCIONES DE JUICIO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide: PRIMERO: éste Tribunal SUSPENDE EL PROCESO en la presente causa a favor del ciudadano MARLON JESUS SAN JUAN MOLERO: de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 08-04-1971, edad 40 años, titular de la cédula de identidad No V-10.440.494, hijo de los ciudadanos Amado San Juan (D) y Ana Julia Molero (V), residenciado en la Urb. San Rafael, Calle Principal N° 34-57, por la Circunvalación N° 2, a 4 cuadras de la plaza Maracaibo, Estado Zulia, Teléfono: 0424-566-58-56, establecido en el Artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se establece dicha suspensión por el lapso de Un (01) Año, contados a partir de la present.....