DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda incoada por el ciudadano MANUEL DE JESUS FINOL FUENMAYOR contra el ciudadano JOAQUIN EDUARDO FINOL ESCARRE, por DESALOJO.
En este orden de ideas, se declara resuelto el contrato de arrendamiento objeto de la pretensión, en consecuencia se ordena a la parte demandada ha entregar a la parte demandante el inmueble objeto del litigio, libre de personas y bienes propios. ASI SE DECIDE.
Por otro lado, se declara SIN LUGAR la pretensión de daño moral hecha valer por la parte actora. ASI SE DECIDE
Se Eximen de Costas a las partes por no haber vencimiento total en el presente juicio, esto de conformidad con el Articulo 274 del Código .....