Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos LUZ MARINA VITOLA MONTES y DAVID JULIO RODRÍGUEZ, en fecha veinticinco (25) de agosto de 1.989, por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Lucia, antiguo Municipio Santa Lucia del Municipio Maracaibo, antiguo distrito Maracaibo del Estado Zulia.