De manera tal que, encuentra este Tribunal que la Resolución impugnada resulta viciada de Nulidad Absoluta, por haber incurrido el ente querellado en falso supuesto de hecho al tomar su decisión, por cuanto quedó demostrado en autos, que la inasistencia de la querellante, a su lugar de trabajo, fue por razones justificadas como quedo expuesto en la presente decisión. Se ordena al organismo querellado reincorporar a la ciudadana Milagros del Valle López Herrera, titular de la cédula de identidad N° 12.150.232 al cargo de Técnico Aduanero y Tributario grado 06, así como el pago de los salarios dejados de percibir y demás remuneraciones laborales que no requieran prestación efectiva de servicio, desde su ilegal destitución hasta la definitiva reincorporación. ASÍ SE DECIDE.
Habiéndose determinado la existencia de un vicio que hace nula la decisión impugnada, resulta inoficioso para este Juzgador pronunciarse respecto de los otros vicios denunciados.
Resultando de esta manera forzoso pa.....