Por los fundamentos expuestos, y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR, la apelación interpuesta por el profesional del derecho ERNESTO ENRIQUE RINCÓN TORREALBA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana MIGLEDYS RAMONA CAMPOS, identificada en actas, contra la decisión dictada en fecha 25 de abril de 2014, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas; y, por vía de consecuencia,
• ACUERDA, las medidas innominadas solicitadas en los puntos PRIMERO y SEGUNDO del escrito respectivo, es decir, en primer lugar, la paralización de los trabajos o labor de construcción de obra desarrollados por orden de la soci.....