Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos MARIELA DEL CARMEN QUINTERO ARIAS y RAMIRO SEGUNDO BARRETO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedulas de identidad Nros. 7.930.429 y 4.158.643 respectivamente, cuyo domicilio conyugal estuvo fijado en la jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día 17 de agosto del 2007, por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Raúl Leoni del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 209.
2) Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrearon hijos.
3) Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas.....