Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, DECRETA la interrupción de la presente causa penal seguida al ciudadano LEANDRO ANTONIO GARCIA VALDIVIEZO, venezolano, Natural de Porlamar, Municipio Mariño de este Estado, titular de la cédula de identidad N° 22.994.681, nacido en fecha 27-06-1989, residenciado en la Calle Santiago Larez, Casa N°1499, cerca del Parque, Sector Tari Tari, Municipio Marcano de este Estado, por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 277, 406 ORDINAL 1°, en relación con los artículos 80 y 82 del Código Penal, ordenando fijar nueva fecha para su respectiva apertura. Líbrense los respectivos Oficios. Cúmplase.