DISPOSITIVO:
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda intentada por la ciudadana ELVIRA ROSA MENDEZ QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 5.045.845, contra el ciudadano YOZSETF ANDREISS ESCOBAR SÁNCHEZ, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 13.741.384, por motivo de Desalojo.
SEGUNDO: se ordena al ciudadano YOZSETF ANDREISS ESCOBAR SÁNCHEZ, desalojar el inmueble constituido una casa signada con el No. 19H-25, edificados sobre Terreno que se dice ser ejido, ubicado en el sector denominado Barrio Los Andes, en la Calle 106, en jurisdicción de la Parroquia Manuel Dagnino de este Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zuli.....