Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO seguida por la ciudadana OLIMAR ELENA PIRELA COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 15.850.948, domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia, contra el ciudadano MAICOL ALEXANDER GUTIERREZ TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 18.793.444, y de igual domicilio, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y el criterio de la sentencia Nº 1.070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha nueve (9) de diciembre de 2016, bajo la ponencia del Magistrado JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER. Asimismo, se deja expresa constanci.....