III: DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ALEXIS JOSEFINA VICTORA LOPEZ y ELOY JOSE MADRID BENITEZ, anteriormente identificados, en fecha Veintidós (22) de Octubre de Dos Mil Cuatro (2.004), por ante la Unidad de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Marcelino Briceño del Municipio Baralt Estado Zulia, acta No. 05.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3º y 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código .....