DECIDE:PRIMERO: Declarar la procedencia de la Admisión de los Hechos expuesta por el acusado adolescente (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE) , la cual ha sido expresada libre de coacción y apremio, con la asistencia de su Defensor de confianza y guardando las Garantías Legales y Constitucionales del Debido Proceso, conforme a lo previsto en el articulo 375 del COPP y los artículos 08, 90 y 537 de la LOPNNA .
SEGUNDO: DECLARA LA CULPABILIDAD Y RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE), de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, nacido en fecha 14-06-1998, de 16 años de edad de profesión u oficio: ayudante de un camión cisterna, Santa Fe. En consecuencia, se procede a DICTAR SENTENCIA CONDENATORIA por estar comprobada la culpabilidad y responsabilidad penal del adolescente (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE), por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO EN LUGAR DETERMINADO EN CALIDAD DE CO.....