Por los fundamentos amplia y claramente expuestos con anterioridad, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
¿ PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente, EXTINGUIDO el presente proceso de DIVORCIO ORDINARIO, incoada por la ciudadana YUDITH CHACÓN DE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 2.739.461, domiciliada en el municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano OTONIEL RODRÍGUEZ GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.909.850, domiciliado en el municipio Maracaibo del Estado Zulia
¿ NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con la normativa estatuida por el legislador venezolano en el artículo 283 del vigente Código de Procedimiento Civil.