ÚNICO: Se homologa el desistimiento de la prueba de cotejo promovida por la parte actora en todas y cada una de sus partes y en consecuencia, se ordena proseguir la causa y evacuar las pruebas que fueren promovidas por las partes involucradas en esta litis, con excepción de la prueba de cotejo del recibo de pago por B.F.50.000,00, el cual fue consignado como anexo al libelo de la demanda y cursa en el expediente al folio 121 de la primera pieza marcado con la letra "I", ya que como se especificó fue desistida por el promovente y autorizada por la contraparte.