DISPOSITIVO
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Tribunal Octavo de Juicio para el nuevo régimen procesal y transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la presente querella de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana YELIXZA CAMERO ALTUVE en contra de la SECRETARIA DE ENLACE COMUNITARIO PARA EL MUNICIPIO SAN FRANCISCO DEL ESTADO ZULIA ADSCRITO A LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA, y acuerda su tramitación conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1º de febrero de 2000
SEGUNDO: SE ORDENA la notificación al Fiscal del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial de la apertura del procedimiento con copia certificada fotostática de la solicitud de Amparo y.....