En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 y 251 numerales 2, 3 del Código Orgánico Procesal Penal, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de los ciudadanos Wilber Rafael Marcano Palmera, Nelson Alejandro Leal Carrasco y Yorfredo Jesús Salazar Giménez, ut supra identificados, por la presunta comisión de los delitos de Resistencia a la Autoridad y Ultraje a Funcionario Público, tipificados en los artículos 128 y 223 del Código Penal, ordenándose la tramitación de la causa por las vías del procedimiento penal ordinario, tal como lo establece el artículo 280 y siguientes de la citada norma procesal. Se ordena el traslado de los procesados para el día 19/05/10 a las 08:00 a.m. a la sede de la Medicatura .....