este JUZGADO SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la ABG. YUARI PALACIOS DEFENSORA PUBLICA VIGÉSIMA SEGUNDA PENAL ORDINARIO, adscrita a la Unidad de Defensa Publica del Estado Zulia, mediante el cual solicita a este Juzgado Decrete el Cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad impuesta a su defendido, ciudadano MOISÉS ENRIQUE FARIA MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 12.443.717, por incumplimiento de las obligaciones