JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE RESPOSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ACUERDA DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR PRESCRIPCION, de conformidad con lo establecido en el artículo articulo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, según lo establecido en el articulo 561 Ejusdem, así mismo se acuerda el cese de la condición de imputado y la Extinción de la acción penal en la presenta causa. Se leyó la presente acta con la cual quedaron notificadas las partes. Se deja constancia que finalizo el acto a las 12:00 del mediodia y que en la realización de este acto, se dio cumplimiento al debido proceso de oralidad, rapidez, reserva, contradictorio y Juez competente, tal como lo establece el artículo 546 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Quedando registrada la presente Decisión Interlocutoria con Fuerza Definitiva bajo el Nro.0064-07. ASI SE DECLARA.-
.....