Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza el permiso de traslado desde la Cárcel Nacional de Maracaibo hasta el Salón de Convenciones en la avenida Los Leones, frente al Gimnasio Lara y Figueroa, Guanare Estado Portuguesa, los días 29, 30 y 31 de Mayo del presente año, con las seguridades del caso y una vez concluido la actividad sean inmediatamente reingresado a dicho centro penitenciario correspondiente al penado HERRERA VILLASMIL MERVIN RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nº 5.164.107, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 62 Ordinal C, de la Ley Orgánica Sobre Régimen Penitenciario. Regístrese la presente decisión y líbrese oficio al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo.