1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante, contra la decisión de fecha 6 de febrero de 2012, dictado por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia, en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la sentencia recurrida. 2) SE CONDENA en costas procesales a la parte demandante recurrente de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.