APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha Dieciocho (18) de Abril de 2.011 por ante este Tribunal, por los ciudadanos: ROSA ELINA MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.494.933, domiciliada en Jurisdicción del Municipio Baralt Estado Zulia, asistida por las Abogadas en Ejercicio JOHANA MORALES y NORELYS OLIVERA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 85.330 y 93.764, respectivamente; y SERGIO ENRIQUE CAMARGO BRACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.840.589, domiciliado en Jurisdicción del Municipio Baralt del Estado Zulia, asistido por la Abogada en Ejercicio NEYJO MEDINA BORJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 96.524, en beneficio de los hijos de ambos (SE OMITE, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
B.- No se archiva el expediente por estar pendiente el cumpl.....