Vistas las circunstancias expuestas, en base a lo narrado este Juzgado del Municipio Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con funciones de Control en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 555 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente: declara el Sobreseimiento Definitivo de la causa N° M-004-00, seguida en contra del adolescente SE OMITE LA IDENTIDAD, de 17 años de edad, de nacionalidad venezolana, soltero, titular de la cédula de identidad N°18.963.649, residenciado en el Barrio Carlos Andrés Pérez, calle 9, casa N° 1, de la Población y Parroquia Santa Bárbara del Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, hijo de Onelia Parra y Luis Angarita, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS, ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustancias y Estupefacientes y Ps.....