DECIDE:PRIMERO: Ratificar la admisión del Escrito de Acusación con lo manifestado por la Fiscalía Trigésima Primera del Ministerio Público, en el día de hoy y las Pruebas Ofrecidas, en todo su contenido las cuales fueron expresadas de manera oral en este acto, por el Fiscal Especializado del Ministerio Público, en contra el (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE), natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 05-11-1999, de 15 años de edad, profesión u oficio estudiante del cuarto año del ciclo diversificado , en el barrio nora herrera. por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 112 en concordancia con el articulo 5, numeral 5 de la Ley de Desarme y Control de Armas y Municiones cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
SEGUNDO: Declarar la procedencia de la Admisión de los Hechos expuesta por el acusado adolescente (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE), la cual ha sido expresada libre de coacción y apremio.....