Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA en virtud de LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido 300 ordinal 3 del Código Orgánico procesal penal, en concordancia con el Artículo 49 ordinal 7° Ejusdem, y 361 segundo aparte ibidem, a favor de la ciudadana ERWIN JOSE CARREÑO BAEZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, nacido en fecha 17-10-91, de 22 años de edad, de estado civil soltero, Profesión: obrero, titular de la cedula de identidad No V- 23.745.474, hijo de Belkis Baez y Erwin Carreño, residenciado en el Barrio Vista del Lago, calle 5, frente a la ferretería El Paisa, de los Puertos de Altagracia, Municipio Miranda, estado Zulia, teléfono 0424-6072447, por la comisión del delit.....