Por los fundamentos expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, DECLARA:
• Su incompetencia para conocer de la Apelación interpuesta por el Abogado en ejercicio EVERETT SALAZAR, en su condición de Apoderado Judicial de la Solicitante la ciudadana EULOGIA DEL CARMEN NUÑEZ DE FERRER, en contra de la decisión proferida por el Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, de fecha dieciocho (18) de Febrero de 2013, y en consecuencia;
• DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, para conocer de la presente Apelación, para lo cual se ordena remitir la presente copias certificadas a los fines de que conozca de la misma.- ASÍ SE DECIDE.
• No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.