DE LA DECISIÓN:
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE por operar la CADUCIDAD de la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano JESUS MARIA BRIÑEZ PERNIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.4.330.153, domiciliado en la Población de Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, debidamente asistido por la abogada IRAMA MONTERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 36.202, en su condición de Procuradora especial de Trabajadores de la Inspectoría del Trabajo de Santa Bárbara de Zulia, estado Zulia, contra la empresa SAN CARLOS SOCIEDAD DE ADMINISTRACIÓN OBRERA, debidamente inscrita por ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Colón, Catatumbo, Jesús María Semprun y Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, en fech.....